Se consolida en la Corte el proyecto de la “autonomía financiera”

La propuesta para que el alto tribunal maneje con independencia del Poder Ejecutivo su presupuesto tiene aval del ministro José Valerio y los “filo opositores”.

El ministro de la Corte José Valerio apoya la "autonomía financiera" de la Justicia.
Foto: Orlando Pelichotti
El ministro de la Corte José Valerio apoya la "autonomía financiera" de la Justicia. Foto: Orlando Pelichotti

La Suprema Corte de Justicia logró en el límite de los plazos un acuerdo para la vigencia plena de la reforma que elimina las salas de jueces y, consecuentemente, el último vestigio del “fórum shopping”. Pero en medio de las negociaciones para que esto ocurriera, se coló un tema extra que concentrará la atención de los supremos en la primera parte de 2024.

Se trata de la elaboración de un proyecto de “readecuación administrativa y contable” que, detrás de esa redacción cuidada, contiene el deseo de buena parte de sus integrantes de tener “autonomía financiera” para el manejo de los recursos de la Justicia.

La acordada 31.429, que se empezó a resolver antes de la feria de la Justicia y que acaba de conocerse, tiene un solo artículo, el cual dispone que la Sala Administrativa de la Corte coordine un equipo de trabajo que deberá elevar al pleno del tribunal el 1 de marzo próximo “un proyecto de reglamentación” que permita cumplir con el artículo 86 de la ley de Administración Financiera.

El artículo en cuestión expresa que “será facultad de los poderes Legislativo y Judicial rendir cuentas de sus respectivas gestiones directamente al Tribunal de Cuentas, sin intervención de la Contaduría General de la provincia”.

La semana pasada, el sector minoritario de la Corte salió a festejar como un triunfo la acordada 31.249. “No tendremos autonomía presupuestaria plena, pero sí de administración. Ya no vamos a pedir autorización al Poder Ejecutivo hasta para respirar”, dijo uno de sus referentes.

En cambio, el otro bando de la Corte, más cercano al oficialismo político, minimizó los efectos de la nueva reforma en ciernes. “Ya tenemos autonomía. El presupuesto lo discutimos con el Poder Ejecutivo. Luego la asignación de los fondos es nuestra decisión”, señaló un ministro de este sector, para quien la modificación es menor y consiste solamente en una “decisión contable”.

Pero a estos actores se sumó una tercera voz, de ese mismo grupo mayoritario, quien, al igual que los ministros filo opositores, puso en valor el cambio. Se trata de José Valerio, el ministro coordinador de los plenarios de la Corte, quien decidió que en la acordada quedara plena constancia de la relevancia del debate.

“Puesto en consideración lo que se conoce como la autonomía financiera, adelanto que comparto la forma diseñada en el presente acuerdo, dando los primeros pasos para establecerla”, expresó Valerio.

Citando párrafos históricos de Julián Barraquero en la discusión de la Constitución provincial de 1916, en los cuales el autor del proyecto expresaba que era “peligrosa” una administración judicial “subordinada a la voluntad de un Poder Ejecutivo omnipotente”, Valerio puso en valor que la ley 9423 sancionada el año pasado disponga que el pleno de la Corte tenga la “superintendencia” de este poder.

También auspició el inicio de un “proceso garantizador de la independencia del Poder Judicial” que lleve a la “autarquía” de ese poder. Y remató, con apoyo y firma del ministro Mario Adaro: “La vigencia de la ley 9423 coloca a la Suprema Corte en condiciones institucionales de ejercer plenamente la autonomía financiera”.

El dilema de los cargos vacantes

Consultado por este diario, Valerio confirmó su pensamiento sobre el manejo de los recursos por parte de la Justicia. “No existe autonomía y creo que debe existir, no se puede pasar tres meses para nombrar un secretario en un cargo que ya existe”, expresó el ministro.

Valerio aclaró que no apoya la “reconversión de cargos” y dijo que acepta que haya una mirada más estricta con las “funciones colaterales”. Pero afirmó: “Si está el cargo y la partida, y si es un cargo de función jurisdiccional, no veo el inconveniente para el nombramiento. Si no se cubre la vacante, el servicio se resiente”.

La posición de Valerio a favor de la autonomía financiera de la Corte puede pesar en la decisión final. Es que su opinión en este caso revierte la posición dominante del sector filo oficialista: ahora, los “disidentes” tendrían cuatro de los siete votos.

A esto se agrega que la influyente Sala Administrativa de la Corte quedó en manos hace poco de un ministro oficialista y dos opositores: Dalmiro Garay (presidente de la Corte) por un lado; Adaro y Omar Palermo (vicepresidentes) por el otro.

Por lo pronto, no hubo reacciones en el Poder Ejecutivo ante la acordada en la que la Corte se planta a favor de tener una autonomía que ya poseen el Ministerio Público Fiscal y la Legislatura provincial. “No hay una posición tomada al respecto”, afirmó un vocero del Gobierno provincial.

Tres acordadas y una advertencia

La Corte resolvió en tres acordadas, fechadas en los días previos a las fiestas de fin de año, sus últimas resoluciones antes del receso. Una para la aplicación plena de la reforma, otra para la aprobación del sistema de sorteos y la tercera para avanzar con el proyecto de la autonomía financiera.

La 31.248 dispuso cómo funcionará desde ahora el “colegio de jueces” de la Corte, que con sorteos remplazará a las viejas salas primera y segunda y atenderá las causas que llegan en apelación (hasta ahora sólo funcionaba para las causas “originarias). El juez Valerio también tomó protagonismo en este caso, con una extensa “disidencia parcial” que puso el foco en un viejo reclamo.

Nuevamente fue a la carga el juez con la necesidad de que se apruebe el proyecto estancado en la Legislatura desde 2019 que propone cumplir con la norma del “doble conforme” en las causas penales y laborales por medio de una “cámara de apelaciones o de casación” que atienda las causas antes de que lleguen a la Corte.

Pero Valerio también aportó un “nuevo dato” preocupante. “Existen luces amarillas por el aumento de la cantidad de prórrogas de la prisión preventiva solicitadas por el Ministerio Público Fiscal y otorgadas, lo que evidencia la necesidad de sancionar una forma recursiva de doble instancia previa a la intervención de nuestro tribunal”, señaló.

En este caso el juez habla de causas sin sentencia firme (aquellas en las que no se ha dictado el fallo del recurso extraordinario interpuesto contra sentencia no firme) que se acumulan en la Corte, la cual “no da abasto” para resolverlas. “Inicialmente era uno que otro caso y ahora hay un montón, vamos dictando prórrogas y no sentencias”, advierte Valerio.

Esta situación, según el Código Procesal Penal de la provincia, tiene plazos: sólo puede extenderse 9 meses, con una prórroga de 6 meses más.

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